domingo, 24 de febrero de 2008

Proyecto del ETI a Ley de teatro de la Ciudad

Encuentro
deTeatristas
Independientes –Ecuador 380, Capital Federal – tel – fax 4813 0585

Ley de teatro Capital Federal. Agenda ETI – Dip. R.Arellano, mayo 4 de 1998
1. Que la ley a crearse no contradiga ni excluya lo que indica la Ley nacional 24800, ni ninguna Ordenanza Municipal o decreto anterior que favorezca al Teatro Independiente, sobre todo a los Grupos. Caso específico Teatro-danza (CoCoA-DaTeI).
2. Que apoye de manera explícita, no sólo al denominado Teatro Independiente, sino a los Grupos de Teatro Independiente, sobre todo sin sala propia, a los espacios alternativos y de experimentación (mayoritarios en la Capital Federal —más de 450 fijos y otros 250 que por año se forman para un único espectáculo).
3. Que la ley a crearse apoye de manera explícita a los alumnos de teatro, ya sean de las escuelas oficiales o talleres privados (se calculan en 12.000 sólo en Capital) dándoles lugar en los elencos oficiales, entradas gratis a los teatros (como lo mandan algunas OM) y posibilidades para sus muestras, así como facilidades para alternar con los actores profesionales de los elencos oficiales. Abrir el Registro de Alumnos de Teatro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
4. Que se cree para la redacción del articulado de la Ley de Teatro de Capital Federal una comisión donde estén presentes los distintos sectores: mimos, titiriteros, actores agremiados e independientes, teatros, autores, etc.
5. Que el texto de la ley a crearse abra a los actores del teatro independiente el acceso a los elencos de los teatros oficiales.
6. Que en el texto de la ley a crearse se señale de manera expresa lugares que sirvan como sede a los mimos, titiriteros, danza teatro.
7. Que la comisión que el texto crea (COTEIMBA) sea modificada en el número y composición de sus integrantes, para permitir el acceso de 1 mimo, 1 titiritero, 1 teatro-danza, 1 ATI, 1 ETI
1 AAA, 1 Argentores, 2 personalidades del Quehacer Teatral, 1 delegado de alumnos.
8. Que el texto de la ley a crearse contemple la creación de una comisión asesora conformada por miembros de las organizaciones mencionadas, así como el MATE, AAdeET, críticos, y otras.
9. Que se creen por lo menos 10 zonas de aplicación para la adjudicación del presupuesto y que esas zonas cubran la totalidad del territorio de la ciudad.
10. Que en el texto de la ley a crearse no quede excluido ningún teatro creado o por crearse en el territorio de la ciudad, incluyendo a los teatros nacionales, los centros culturales y/o de experimentación.
11. Que se tome como parámetro el presupuesto más alto de cada teatro oficial durante los últimos 10 años.
12. Que se cree en cada una de las 10 zonas un teatro oficial con elencos rotativos, de acceso libre y con entradas a valor reducido.
13. Que en esos lugares esté representada la comunidad y sean atendidas sus propuestas.
14. Que, además del Festival Internacional —que debe darse cada dos años—, en los intermedios se programe un festival local con asistencia de grupos y elencos del interior.
Daniel Vilches Gustavo Mac Lennan
macpatoloco@yahoo.com

No hay comentarios: